El gobierno de ese país busca hacer frente a las restricciones a la compra de dólares interpuestas por la administración de CFK y los impuestos a las compras del 15% realizadas en el exterior
Los ministerios de Economía y Finanzas y de Turismo y Deporte de Uruguay anunciaron este miércoles medidas para incentivar la recepción de turistas extranjeros en la próxima temporada estival.
Las resoluciones incluyen: exoneración del IVA en servicios turísticos con tarjetas, devolución del 10,5% del precio en el alquiler de inmuebles, ampliación de tax free, subsidios en combustibles y beneficios en la contratación de teléfonos de la compañía Antel.
La primera medida consiste en devolver hasta un 22% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en aquellos servicios turísticos efectuados a personas físicas no residentes y pagados a través de tarjetas de débito o crédito emitidas en el exterior. Regirá desde el 15 de noviembre próximo hasta el 30 de marzo de 2013.
La devolución del IVA comprende a los servicios gastronómicos cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, salones de té y similares, hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que las prestaciones no integren el concepto de hospedaje. También incluye a los servicios para realización de eventos (incluye catering) y arrendamiento de vehículos.
La segunda medida consiste en la devolución del 10,5% del precio de arrendamiento de inmuebles con fines turísticos a arrendatarios que sean personas físicas no residentes, siempre que el arrendamiento se realice en inmobiliarias registradas y el medio de pago utilizado sean tarjetas de crédito y débito emitidas en el exterior. Regirá desde el 15 de noviembre y hasta el 30 de marzo de 2013.
La tercera medida está relacionada en la ampliación de lugares de frontera (tax free) donde opera el sistema de devolución de IVA a turistas. Los nuevos lugares serán Salto, Paysandú y Fray Bentos. Los productos que se podrán comercializar serán artículos de cuero o punto, prendas de vestir, alimentos, bebidas y artesanías, sin distinción de origen.
La cuarta medida beneficiará a los vehículos con matrícula no uruguaya con la carga de combustible, por única vez, de US$ 25 dólares. Este beneficio comenzará a regir el 15 de diciembre de 2012 y se extenderá —como máximo— al 30 de marzo de 2013.
Finalmente, los turistas extranjeros tendrán importantes beneficios en la adquisición de equipos móviles y de banda ancha móvil de alta velocidad.
Imágenes: Sica Toscani Media Library