La decisión se formalizó por medio de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial.
El Gobierno oficializó este viernes el “congelamiento” del precio de los combustibles por 90 días, dada “la abrupta variación reciente del tipo de cambio y el contexto económico y social imperante”. La decisión se formalizó mediante un DNU.
“Establecer que las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local durante los 90 días corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida, deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al 9 de agosto de 2019, aplicando un tipo de cambio de referencia de $ 45,19/USD y un precio de referencia BRENT de USD 59 por barril”, según el texto oficial.
En consecuencia, la Casa Rosada dispuso que el precio tope de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas, en todos los canales de venta, durante los 90 días corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida, no podrá ser superior al precio vigente al 9 de agosto de 2019.
Según figura en el decreto las empresas productoras de hidrocarburos “deberán cubrir el total de la demanda de petróleo crudo que les sea requerido por las empresas refinadoras locales”, mientras que la comercialización de los combustibles “deberá realizarse en un todo de acuerdo con las calidades, tipos y demás requisitos establecidos por la normativa vigente”, afirmó el Poder Ejecutivo.
El Gobierno justificó esta decisión al señalar que “ante la magnitud de los recientes acontecimientos económico financieros desencadenados, de público conocimiento, es obligación utilizar los instrumentos a su alcance y adoptar las medidas específicas necesarias para proteger a los consumidores”.
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