Monotributistas: Oficializan la reglamentación de los beneficios para el sector

Por Impulso

La normativa sancionada por el Congreso habilitó un “puente” que permite a actores de la economía que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la reglamentación del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, una ley que alcanza a los más de cuatro millones de monotributistas, a través de la resolución general 5003/2021 publicada en el Boletín Oficial.

La misma instrumentó la actualización de los parámetros y valores de las categorías a ingresar por los monotributistas, que tendrán efectos retroactivos a partir del primero de enero de 2021.

Los cambios reglamentados por la AFIP benefician a todos los monotributistas ya que establecen un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general.

La normativa sancionada por el Congreso habilitó un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria, en relación con el monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.

OTROS BENEFICIOS

Los beneficios previstos también contemplan reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que pasen de régimen.

Los nuevos valores de las categorías de monotributo fueron actualizados de acuerdo con la variación del haber mínimo garantizado.

La actualización de los parámetros y los nuevos valores de las categorías a ingresar –impuesto integrado y cotizaciones previsionales-, tendrán efectos a partir de enero de 2021.

Las nuevas categorías se encuentran disponibles para consulta en el sitio de la AFIP

 

Tags: afip autonomos categorías contribuyentes economía inclusión fiscal monotributistas recatogorización valores



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