El tribunal supremo de argentina afirmó que ese cuerpo legislativo tiene "todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento".
La Corte Suprema de Justicia avaló este viernes que la Cámara de Senadores de la Nación sesione a distancia y afirmó que ese cuerpo legislativo tiene “todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento”, en un fallo firmado por los cinco miembros del tribunal en una acordada virtual.
“El Senado de la Nación tiene todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar, sin recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación; por lo cual se rechaza la acción iniciada”, dice la Corte en su acordada.
Fundamentó que “la posibilidad de que el Senado sesione de manera remota no interfiere con el modo en que la Constitución le impone a esa Cámara ejercer sus atribuciones” y dice que “en efecto, la Constitución regula ciertos aspectos del modo en que debe funcionar el Poder Legislativo pero nada indica respecto a la modalidad física o remota de sus sesiones”, en el punto 16 del fallo.
Agregó que “tal posibilidad (sesiones virtuales) no configura per se riesgo alguno de interferencia en las atribuciones de los demás poderes del Estado” y que “sesionar de forma remota o presencial no supone en sí misma una posible invasión del Poder Legislativo al ámbito de competencias que la Constitución asigna a los demás poderes del Estado”.
Pero la Corte rechazó en su acordada el pedido de certeza constitucional de la vicepresidenta de la Nación y presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner.
De este modo, la Corte tomó los argumentos del Procurador interino, Eduardo Casal, y entendió que “al no ser parte actora ni demandada una provincia, la demanda se encontraría, por razones de índole constitucional, fuera de la competencia originaria del Tribunal”.
Fuente: Télam
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