La medida impulsada por el Estado para paliar la crisis generada por el coronavirus podrá ser solicitada por aquellos contribuyentes que cumplan con distintos requisitos.
Los monotributistas de la categoría más baja, la A, que entre el 12 de marzo y el 12 de abril hayan facturado menos de 10.000 pesos, podrán percibir los créditos a tasa cero del programa de Apoyo de Emergencia a la Producción y el Trabajo (ATP), en el marco de las medidas para paliar la crisis económica por el coronavirus
Así surge del Acta Número 11 emitida por el Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, publicada junto a la decisión administrativa 721/2020 en el Boletín Oficial. En esa resolución se modificaron las condiciones originales establecidas por el Comité para el otorgamiento de los créditos a tasa cero.
En ese sentido, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) precisó el grado de avance del beneficio crédito a tasa cero, y en ese marco, distintas situaciones planteadas durante su instrumentación.
A partir de ello, el Comité sugirió sustituir el criterio de admisibilidad previsto, que establece que para calificar para estos créditos, el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
A este criterio se le añadió que los inscriptos en la categoría A pueden acceder al beneficio cuando el monto de la facturación electrónica correspondiente a ese período resulte menor a 10.000 pesos.
En consecuencia, se estima que unas 140.000 personas que hasta ahora no podían tramitar un crédito pasarán a estar en condiciones de hacerlo.
En tanto, con la reglamentación establecida este lunes, monotributistas y autónomos podrán iniciar el trámite para acceder a un crédito a tasa cero hasta el 29 de mayo próximo.
Télam